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Ampara a los afiliados por Cesantías beneficiarios de Crédito para Vivienda o Educación (créditos individuales o conjuntos), otorgado por el Fondo Nacional del Ahorro; que se encuentren en situación de desempleo, precisando que los afiliados amparados bajo esta póliza deberán haber estado vinculados bajo un contrato de trabajo y las causas de terminación del vínculo laboral deben estar señaladas como coberturas de la póliza vigente a la fecha de ocurrencia de la calamidad. La aseguradora reconoce el valor de la cuota mensual de amortización (capital, intereses corrientes y seguros) hasta un monto máximo mensual de 12 SMLMV (Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes), durante un periodo máximo de doce (12) meses, continuos o discontinuos, debiendo cumplir previamente las condiciones y requisitos establecidos en el contrato de seguro.

La cobertura del seguro inicia desde la fecha del desembolso del crédito aprobado por el FNA y finaliza con la cancelación del crédito o con el pago de las 12 cuotas continuas o discontinuas por parte de la Aseguradora, liquidando la cuota mensual de amortización al momento de la fecha en que el afiliado queda desempleado.

Pasos a seguir

    Presentar en el Fondo Nacional del Ahorro la solicitud de reclamación informando los hechos, anexando la documentación que acredite la ocurrencia del siniestro, documentos que son enviados para estudio y verificación a la compañía de seguros.

    Si la documentación suministrada por el afiliado se encuentra incompleta se le solicitara por escrito el suministro de la documentación faltante.

    Definida la reclamación por la aseguradora, el FNA envía una comunicación escrita informando al afiliado la decisión tomada.

    Envío mensual de la declaración juramentada durante el periodo de pago informando su situación laboral, documento necesario para el reconocimiento de la cuota adeuda por el afiliado cuando la reclamación ha sido aprobada por la aseguradora.

Recuerde que puede hacer seguimiento a éste trámite a través de las siguientes formas:

Personalmente:

  • Punto de atención principal (Carrera 65 No. 11-83 Zona Industrial-Puente Aranda Bogotá) en la ventanilla de seguros o en cualquier punto de atención a nivel nacional.

Vía telefónica:

  • Vicepresidencia de Riesgos –  Grupo Seguros: PBX 3810150 Ext. 6153, 6144, 6145, 6152, 6143.

Está dirigido a:

  • Ciudadano colombiano

  • Mayor de edad

  • Residente

Vigencia del trámite:

Debe adelantarse dentro de los dos (2) años contados a partir de la fecha de la desvinculación laboral.

Como resultado de este servicio usted obtendrá

  • Comunicación escrita informándole al afiliado la decisión tomada por la aseguradora e instrucciones a seguir en los casos que sea necesario.

Término para la definición de la reclamación:

  • Un (1) mes contado a partir de la fecha de presentación a la compañía aseguradora de la totalidad de los documentos que certifican la ocurrencia del siniestro.

Formas de Envío:

  • Correo certificado o correo ordinario

Requisitos:

Perfil Persona natural

  • Cumplimiento de especificaciones o estándares.

  • Ser afiliado al Fondo Nacional del Ahorro por Cesantías.

Cumplimiento de tiempos

Presentar la reclamación dentro del tiempo límite establecido por la ley, es decir, dentro de los dos (2) años contados a partir de la fecha de conocimiento del hecho (desvinculación laboral).

Documentos necesarios para presentar la reclamación ante la aseguradora

Perfil Persona Natural

  • Oficio de reclamación formal suscrito por el afiliado y dirigido al FNA AHORRO donde informe su situación laboral, fecha de desvinculación, datos personales, teléfono, correo electrónico y dirección para envío de correspondencia.

  • Fotocopia del documento de identidad.

  • Fotocopia de los documentos soporte de la vinculación y de la desvinculación laboral (Resolución de nombramiento y resolución de desvinculación para los funcionarios de entidades estatales o fotocopia del contrato laboral y certificación emitida por la empresa especificando la causal exacta de desvinculación).

  • Declaración bajo la gravedad de juramento en original suscrita por el afiliado informando su situación laboral y si recibe remuneración de índole laboral, pensión, renta por trabajo o actividad independiente, la cual deberá enviar mensualmente mientras dure el período de pago de la indemnización, una vez se le informe su aprobación.

  • Si usted es pensionado puede solicitar la exclusión del pago de prima correspondiente a la póliza de desempleo.

 

*La información anterior es general, por lo cual, la documentación requerida para el trámite de la reclamación podrá variar de acuerdo a las condiciones particulares del siniestro presentado, precisando igualmente que las coberturas pueden variar durante la vigencia del crédito.

Pagos Requeridos

Ninguno